7.4.1. Billetes y moneda metálica de curso legal
Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 7/2012 de 29 de octubre, de Modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención de blanqueo de capitales y lucha contra el fraude, no se puede gestionar el cobro en metálico por importe superior a 2.499,99 €.
Se excluyen de esta limitación los recibos emitidos por entidades financieras (CITIBANK, COFIDIS, UCI, etc...) y la Dirección General de Tráfico.
Asimismo, están excluidas de esta limitación las operaciones de Giro y Western Union, a falta de pronunciamiento a este respecto por parte de la Agencia Tributaria.